“En este mundo solo hay dos cosas seguras, la muerte y los impuestos” Benjamin Franklin
¿Cuándo se produce la obligación del pago de impuestos?
En primer lugar, explicar que solo tributarás cuando recibas una ganancia por tus inversiones, ya sea por un pago de intereses, dividendos, o una plusvalía.
Si tienes perdidas, obviamente no tendrás que pagar impuestos por ese proyecto. Tampoco tendrás que tributar cuando se produzca la devolución de capital (ya sea de un préstamo o proyecto de equity).
¿Qué impuesto hay que pagar?
El impuesto que hay que pagar es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”).
Este impuesto se divide en la base imponible general y la base imponible del ahorro. Las rentas obtenida en proyectos de crowdfuding tributarán como renta del ahorro.
¿Qué tipo impositivo me aplica?
El IRPF, es un impuesto progresivo, es decir, cuanto más ganas mayor será el tipo impositivo que te aplique.
De esta manera, los primeros 6.000 € pagarán un 19% y luego pasarán a pagar un 21% hasta los 50.000€. Este tipo impositivo seguirá aumentando progresivamente.
Os dejo una tabla con todas las escalas para la renta de 2024.

¿Cómo se paga este impuesto?
Cuando se produce una ganancia de capital ya sea por plusvalía o pago de intereses el promotor está obligado a efectuar la retención fiscal que corresponda a cada inversor (al igual que te retienen parte de tu salario en cada nómina). Además, el promotor informará a hacienda de la retención que nos ha aplicado. De esta forma os aparecerá el pago en la declaración de manera automática.
No obstante, al realizar la declaración de la renta se deberá cotejar que la información que ha recibido Hacienda es correcta y que se ha practicado la retención correspondiente.
Disclaimer
No soy fiscalista, cada contribuyente es responsable de su propia declaración y en caso de duda se debe de consultar a un asesor fiscal.
Este post está destinado para personas físicas e inversiones basadas en España.

Un comentario en «Fiscalidad Crowdfunding Inmobiliario – Parte 1»